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Les Jésuites dans le monde moderne (XVIe-XVIIIe siècles) : textes commentés et débats historiographiques

Dans le cadre de la question « Les jésuites en Espagne et en Amérique (1565-1615). Pouvoir et religion » du concours de l’agrégation d’espagnol (2011-2013), nous consacrons ce numéro spécial aux « Jésuites dans le monde moderne (XVIe-XVIIIe siècles) : textes commentés et débats historiographiques ». Notre intention est de mettre à la disposition des étudiants, mais aussi des chercheurs, des documents jésuites commentés. Ce livre électronique se décline en deux parties : une première partie concernerait les différents intitulés de la question mise au programme de l’agrégation ; une deuxième section les dépasserait tant du point de vue géographique, que chronologique et thématique. Les textes ont été recueillis par Marie-Lucie Copete et Youssef El Alaoui.

Couverture de

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Pedro de Rivadeneira y la oposición de los jesuitas a los estatutos de limpieza de sangre

Rica Amran


Résumés

L’opposition d’Ignace de Loyola aux statuts de pureté de sang est largement connue et pourtant, après sa mort, ils furent adoptés par la Compagnie de Jésus (1593). Nous proposons ici une lettre de Pedro de Ribadeneira, adressée au général Claudio Acquaviva, dans laquelle il rappelle l’esprit du fondateur de la Compagnie et sa position en ce qui concernait les conversos.

Texte intégral

1La postura de oposición a los estatutos de limpieza de sangre por parte del fundador de la Compañía de Jesús es de sobra conocida. Ignacio de Loyola expresó en repetidas ocasiones su rechazo a estos, señalando algunos autores que el santo padre había llegado a afirmar el gran honor que representaba pertenecer a la estirpe de Jesús, al linaje judío1.

2Por tanto no nos sorprende encontrarnos con cristianos nuevos entre los primeros que acompañaron a Ignacio de Loyola en la creación de su obra. Algunos como Diego Laínez2 o Bobadilla3, son buenos ejemplos de ello; otros como Juan de Ávila4, apoyan a la Compañía fervientemente, pero sin pertenecer a ella.

3Sin embargo, con el tiempo, el espíritu defendido por Ignacio llegó a perderse en cuestiones como la que estamos estudiando en estas páginas. Por ejemplo, ya en 1567, Francisco de Borja5 recibió una misiva del padre Simón Rodríguez6, en la cual este le exponía las causas de la mala fama de la Compañía de Jesús, subrayando que una de sus más importantes razones era el número elevado de conversos adheridos a sus filas.

4En esta misma dinámica, pero con anterioridad, Martínez Silíceo7 había retirado la licencia a los sacerdotes que se atrevieron a realizar ejercicios espirituales en Toledo (es decir, los jesuitas), prohibiéndoles predicar y decir misa8, para impedir implícitamente que aquellos de origen converso pudieran circular libremente en su diócesis.

5La ruptura con los conversos se produce a la muerte de Francisco de Borja en 1572, cuando uno de los nombres que se barajan para su sucesión fue el del converso Juan de Polanco9. Se tardarían años antes de que Acquaviva10, tras interminables discusiones, fuera nombrado general de la Compañía, adoptándose bajo su mandato los estatutos de limpieza de sangre.

El documento11

6Pedro de Rivadeneira dirige desde Madrid una carta al general Acquaviva, año de 1597. Hace alusión a la adopción del estatuto de limpieza en la última congregación general, argumentando que se opone a los puntos de vista de Ignacio de Loyola, sobre los cuales no se ha expresado con anterioridad por respeto a la decisión adoptada en la dicha congregación:

Después que supe el decreto que se hizo en la congregación general pasada, para no admitir a la Compañía los que tienen alguna nota de sangre de moros o judíos, aunque mi alma recibió grandíssimo dolor, por parecerme, osa nueva y muy contraria al espíritu de nro. sto. P. Ignacio y dañosa a la misma Comp. todavía por el respecto que se deve a lo que ella determina en la congregaciones generales, no he querido hablar dello12.

7Sin embargo él, como compañero de Ignacio, tiene el deber de reaccionar: “No he dexado todo este tiempo de encomendar este negocio a Dios y suplicarle que me enseñasse lo que quería que yo hiziesse, por juzgar que me corría a mí más obligación que a otros de representar a V. P. lo que acerca dél sentía”13.

8Al principio pensó dejar sus puntos de vista por escrito, en un testamento póstumo; pero tuvo miedo de que todavía le quedasen largos años de vida y la situación se siguiera deteriorando, en perjuicio de la Compañía:

Inclinávase a escribir un papel cerrado y firmado de mi mano y dexarle encomendado a alguna persona de confiança, para después de mi muerte (pues no puede tardar mucho) le embiasse a V. P., y se entendiese que no me movía a decir lo que en aquel escribía algún respeto humano. Pero después se me ha ofrecido que podía ser que se dilate algún año más el fin desta perigrinación, y que, según los daños que se van sintiendo en estos pocos años del decreto, no se podrán remediar los que se huvieren hecho, si se tarda el poner remedio14.

9Empezaría exponiendo las diferentes razones por las cuales algunos miembros de la Compañía se opusieron a los susodichos estatutos: la aceptación de estos es algo nuevo15 para la Compañía, cerraban las puertas a aquellos que entrando en la orden hubieran podido salvarse; fueron aceptados en un momento crítico para los jesuitas, iban a producir su ruina, eran más necesarios en Italia, Francia o en Alemania que en España, donde habían aun judíos, etc:

Otros dirán a V. P. que el decreto es nuevo en la Compañía y contrario a lo que todos los generales sus predecesores han usado, otros, que cierra la puerta a muchos, que, llamados a Dios, se salvarían en la Comp. y la servirían con gran utilidad suya, como la han servido algunos insignes varones y santos que tenían alguna nota de sangre, desde sus principios hasta agora16.

10Entonces, hablando en primera persona, desvela sus puntos de vista y opiniones. Primeramente señala que debe ser él quien tome la defensa de los conversos ya que no queda con vida nadie de la generación que, con Ignacio, construyó la Compañía:

Yo sola una cosa quiero dezir, porque yo solo la puedo decir y la devo decir, pues no ay ya otro que la sepa como yo en toda la Comp. por ser muertos todos los Padres que conocieron familiar mente a nro. Padre, y la supieron dél, y por ser para mí el más fuerte argumento que en esta materia se puede dezir. Ésta es ser el decreto contraríssimo al espíritu, juicio y sentimiento de nuestro santo Padre Ignacio, en tanto grado, que juzgo delante del Señor que me ha de juzgar, que temo no ha de reconocer ny tener por hijos a todos los que anduvieron en él y persuadieron a los otros que se estableciesse, ni a los que, sabiendo y creyendo esto y pudiendo, no lo remedian17.

11Según Pedro de Rivadeneira, Ignacio de Loyola no sólo se opuso verbalmente a los estatutos, sino que también lo dejó por escrito en las Constituciones: “Y tengo tantas y tan fuertes razones para creer esto, fundadas en lo que dexó escrito en las Constituciones y en lo que yo oy dél y vi en él, y en lo que sé respondió”18. Opina que los puntos de vista de Ignacio han sido aceptados por la Iglesia, al llegar a ser canonizado; sin embargo, en la Compañía de Jesús, que él fundó, no se respetan sus ideas:

Y paréceme cosa gravíssima que, al mismo tiempo que por una parte magnificamos el espíritu de nro. sto. Padre, y procuramos que sea canonizado y reverenciado de toda la Iglesia, por otra hagamos todo lo contrario de lo que él nos enseñó con obras y con palabras19.

12Repitiendo por qué debe él tomar la palabra y defender a los cristianos nuevos, precisa de nuevo que es el único testigo de una época: “Y esto toca a mí el dezirlo, porque como he dicho, no ay otro que lo pueda dezir ; y porque si no lo dixesse, temo que Dios Nro. Señor y nro. Bienaventurado Padre me pedirían cuenta dello”20.

13Termina añadiendo que todavía es posible reparar el daño, anulando la decisión tomada por la Congregación general. Le aconseja a Acquaviva que no tema, pues si se decide a derogar los susodichos estatutos, ello no disminuirá su autoridad y prestigio en la Compañía, sino todo lo contrario:

y no le parezca que se pierde autoridad en deshacer o moderar lo que una vez se hizo, ni que no debe deshacer sin congregación general lo que se decretó en ella, porque modos se pueden hallar para destexer lo texino, sin que parezca liviandad, ni que V. P. haze más de lo que puede21.

14Como postdata, Pedro de Rivadeneira señala que en 1593, antes de la última congregación, él había dirigido una carta a Acquaviva, de quien nunca obtuvo respuesta; añadiendo que probablemente nunca había sido recibida por el general de la Compañía; aunque por la forma en que se expresa parece tener serias dudas. Le pide, por tanto, que reflexione con más calma sobre las razones aducidas en ambos textos, el de 1593 y el actual, enviado en 1597:

Antes de la congregación general embié a V. P. con el P. Porres un papel acerca desta materia. Nunca he sabido si llegó a manos de V. P ; temo que o no llegó, o no se leyó, o no huvo tiempo para considerar las razones que en él dezía. Supplico a V. P. que le torne a leer más despacio si le ha leydo, y si no llegó allá, me avise para que yo se le embíe si fuere menester22.

Conclusiones

15Pedro de Rivadeneira se opone vivamente en el presente documento a los estatutos de limpieza de sangre. Basa su argumentación en el hecho de que estos se oponían de forma clara y contundente a los puntos de vista de Ignacio de Loyola. Y si tuvo que alzar la voz y expresarse contra la decisión tomada en la Congregación general de 1593, fue por ser el único superviviente de aquella generación, la que acompañó al fundador de la Compañía.

Texto

16Carta de Pedro de Ribadeneira al P. Claudio Aquaviva, general de la Compañía de Jesús, Madrid, 159723.

17JHS. Soli. Pax Chri. Etc. Después que supe el decreto que se hizo en la congregación general passada, para no admitir a la Compañía los que tienen alguna nota de sangre de moros o judíos, aunque mi alma recibió grandísimo dolor, por parecerme cosa nueua y muy contraria al espíritu de nro. sto. P. Ignacio y dañosa a la misma Comp., todauía por el respeto que se deue a lo que ella determina en las congregaciones generales, no he querido hablar dello, ni oyr hablar a otros, ni responder a algunas cosas, que personas zelosas y santas y muy limpias de la misma Comp., sobre este decreto con grande sentimiento me han escrito. Y queriendo algunos P.es tratar dél en la congregación prouincial, que se celebró este mes de abril passado en Toledo, yo lo procuré estoruar, porque no se hiziese ruydo, ni se dijese palabra contra la autoridad de V. P. ni de las personas, que auían interuenido en él. No he dexado todo este tiempo de encomendar este negocio a Dios y suplicarle que me enseñasse lo que quería que yo hiziesse, por juzgar que me corría a mí más obligación que a otros de representar a V. P. lo que acerca dél sentía. Inclináuame a escriuir un papel cerrado y firmado de mi mano y dexarle encomendado a alguna persona de confiança, para que después de mi muerte (mas no puede tardar mucho) le embiasse a V. P., y se entendiesse que no me mouía a dezir lo que en aquel escriuía algún respeto humano, sino el puro amor de Dios y bien de la Comp. y el querer ser hasta la muerte el hijo de nro. Bienauenturado P. Ignacio, pues le escreuía al punto que yua a dar cuenta a Dios. Pero después me ha parecido que podría ser que se dilate algún año más el fin desta peregrinación, y que, según los daños que se uan sintiendo en estos pocos años del decreto, no se podrán remediar los que se huuieren hecho, si se tarda el poner el remedio; y esta es la razón que me ha conuencido a escreuir agora este papel, para descargar mi conciencia y supplicar a V. P. que le tome, como de hijo que tanto zela su bien y el de la Comp., y que tiene ya el pie en la sepultura y no deue pretender en esta uida cosa que sea de carne y sangre.

18Otros dirán a V. P. que el decreto es nueuo en la Compañía y contrario a lo que todos los generales sus predecessores han usado; otros, que cierra la puerta a muchos, que, llamados de Dios, se saluarían en la Comp. y la seruirían con grande utilidad suya, como la han seruido algunos insignes uarones y santos que tenían alguna nota de sangre, desde sus principios hasta agora; otros, por uentura, que el decreto no es seguro en consciencia, y a lo menos que ay muchas personas destas, que dudan si lo es, y aun que afirman que no lo es; otros, se hizo en mala coyuntura y arrebatadamente, quando los ánimos estaban exasperados contra algunos inquietos desta gente, sin tener cuenta que eran más los perturbadores, que no tenían esta nota, que los notados; y los que dellos mismos defendían la Comp. que los que la oppugnauan; otros, que para adelante será la ruyna de la Comp., assí por la diuisión y zizaña que se ua sembrando en ella, como porque la gente se retira de entrar en la Comp., por no ponerse a peligro de deshonrar su linaje que está en buena opinión, y no entrando necessariamente se han de disminuir y faltar los ministerios de enseñar, predicar y confessar; otros, que parece cosa duríssima que se puedan recebir y se reciban en la Comp. hijos de padres hereges y aun los mismos hereges, como se reciben, y que no aya prohibición para ellos y que la aya para el que agora 300 años tuuo un agüelo moro o judío, aunque después acá todos sus desciendientes ayan biuido como buenos xnos., y que acabándose y teniendo fin todos los males en esta uida y en la otra (si no es en el infierno) éste solo sea irremissible e immortal; y que el que puede ser obispo, cardenal y papa, no pueda ser admitido en la Comp.; y que auiendo sus hijos, y hijos de tan diferentes y contrarias naciones y en tiempo que sus príncipes traían guerras tan crueles entre sí, hasta aquí todos biuido con tanta paz, unión y charidad, que las otras religiones lo tomauan por dechado y exemplo, y los seglares se le aficionauan por el amor entrañable que ueían en ella; agora serán diuissos y partidos a los de una misma nación, auiendo tanta paz en ella, autorizando con este decreto lo que reprehendían en algunas otras religiones. Otros alegarán que en Italia, Francia y Alemaña es más necesario este decreto que en España (contra la qual sola se ha hecho), porque en todas estas prouincias oy en día ay muchos judíos que se conuierten y mezclan con los otros xnos., y en Sicilia y en parte del reyno de Nápoles ay muchos moros, y de España ya ha más de cien años que los judíos y moros fueron echados. Otros traerán otras razones e inconuenientes, para prouar la necesidad que ay de quitar del todo o moderar este decreto. Yo sola una cosa quiero dezir, porque yo solo la puedo dezir y la deuo dezir, pues no ay ya otro que la sepa como yo en toda la Comp. por ser muertos todos los P.es que conocieron familiarmente a nro. P., y la supieron dél, y por ser para mí el más fuerte argumento que en esta materia se puede dezir. Ésta es ser el decreto contraríssimo al espíritu, juicio y sentimiento de nuestro sto. P. Ignacio, en tanto grado, que juzgo delante del S.or que me ha de juzgar, que temo no ha de reconoçer ny tener por hijos a todos los que anduuieron en él y persuadieron a los otros que se estableciesse, ni a los que, sabiendo y creyendo esto y pudiendo, no lo remediaron.

19Y tengo tantas y tan fuertes razones para créer esto, fundadas en lo que dexó escrito en las Constituciones y en lo que yo oy dél y ui en él, y en lo que yo sé que respondió acerca destos puntos uarias y diferentes uezes, después de auerlo pensado y encomendado mucho a Dios, que no puedo dudar dello mas que dos y dos son 4. Y paréceme cosa grauíssima que, al mismo tiempo que por una parte magnificamos el espíritu de nro. sto. P., y procuramos que sea canonizado y reuerenciado de toda la Iglesia, por otra hagamos todo lo contrario de lo que él nos enseñó con obras y con palabras; y que, auiendo la congregación general tenido fuerte para resistir a tan poderosos aduersarios y para no alterar el Instituto que nro. sto. P. puso tanta fuerça, no hauiendo extrínseca que lo pidiese. Y esto toca a mí el dezirlo, porque como he dicho, no ay otro que lo pueda dezir ; y porque, si no lo dixesse, temo que Dios Nro. Sor y nro. bienaventurado P. me pidieran cuenta dello. V. P. lo mire todo y lo consulte con el S.or y con el mismo P.e n., y oyga más lo que él le hablare al coraçón que lo que todos los otros en contrario le dixeren, y no le parezca que se pierde autoridad en deshazer o moderar lo que una vez se hizo, ni que no se deue deshazer sin congregación general lo que se decretó en ella, porque modos se pueden hallar para destexer lo texido, sin que parezca liuiandad, ni que V. P. haze más de lo que puede. Dios sea luz y guía de V. P. en todas sus cosas y más en esta tan importante, como yo se lo supplico. Y con esto y con auer representado lo que aquí digo, no me queda más que decir ni que hazer, sino pedir a V. P. su bendición y encomendarme humildemente en sus stas. oraciones y sacrificios. De Madrid.

20Pedro de Ribadeneira.

21Antes de la Congregación general enbié a V. P. con el P. Porres un papel acerca desta materia. Nunca he sabido si llegó a manos de V. P. ; temo o que no llegó, o no se leyó, o no huuo tiempo para considerar las razones que en él dezía. Supplica a V. P. que le torne a leer más despacio si le ha leydo, y si no llegó alla, me auise para que yo se le embíe si fuere menester.

Bibliographie

Amran Rica, Judíos y conversos en el reino de Castilla. Propaganda y mensajes políticos, sociales y religiosos (siglos xvi-xvi) [2009], Valladolid, Junta de Castilla y León, 2009.

Amran Rica, “De Pedro Sarmiento a Martínez Silíceo: la génesis de los estatutos de limpieza de sangre”, en Autour de l’Inquisition. Études sur le Saint-Office, Paris, Université de Picardie-Indigo, 2002, p. 33-56.

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Domínguez Ortiz Antonio, La Clase social de los conversos en la Edad Moderna [1955], Madrid, Instituto Balmes de sociología / CSIC, 1955.

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De Rivadeneira Pedro, “Carta de Pedro de Ribadeneira al P. Claudio Aquaviva, general de la Compañía de Jesús”, Monumenta Historica Societatis Iesu, Madrid, 1597 vol. 60: “P. Petri de Ribadeneira. Confessiones, Epistolae aliaque scripta inedita”, Roma, 1969, p. 189-193.

Sicroff Albert A., Les Controverses des statuts de “pureté de sang” en Espagne du xve au xviie siècle [1960], Paris, Didier, 1960.

Notes

1 El padre Rivadeneira hace hincapié en este punto, sobre todo cuando señala las diferencias que separaban a Ignacio de Loyola de Lutero. Véase Pedro de Rivadeneira, Vida del Padre Ignacio de Loyola, Madrid, BAE, LX (1952), p. 62; Miguel Mir, Historia interna documentada de la Compañía de Jesús, Madrid, Jaime Ratés Martín, 1913, I, p. 332; Marcel Bataillon, Los Jesuitas en la España del siglo xvi, ed. Pierrre-Antoine Fabre, Valladolid, Junta de Castilla y León, 2010, p. 193-236; Antonio Domínguez Ortiz, La Clase social de los conversos en la Edad Moderna, Madrid, Instituto Balmes de sociología / CSIC, 1955, p. 164-166; Albert A. Sicroff, Les Controverses des statuts de “pureté de sang” en Espagne du xve au xviie siècle, Paris, Didier, 1960, p. 270-290.

2 Diego Laínez (Almazán, 1512 - Roma, 19 de enero de 1565), 2º General de la Compañía de Jesús, compañero de Ignacio y biógrafo suyo; fue también padre conciliar en Trento, considerándosele como uno de los teólogos más importantes que le asistieron.

3 Nicolás de Bobadilla (Bobadilla, 1509 - Loreto, 1590) fue uno de los cinco primeros compañeros de Ignacio. Conocido sobre todo por sus predicaciones contra la doctrina de Lutero realizadas entre los años 1542 y 1548 en Alemania, donde difundió las ideas de la Compañía.

4 Juan de Ávila (Almodóvar del Campo, 1500 - Montilla, 1569): sus padres fueron de ascendencia judía ; económicamente adinerados, poseían minas de plata en Sierra Morena. Juan vendió todos sus bienes a la muerte de ellos, repartiendo el dinero entre los pobres. Llamado por el obispo Álvarez de Toledo para predicar por Andalucía, llegó a evangelizar hasta el sur de la Mancha. Fundó seminarios y colegios, apoyando siempre a la Compañía de Jesús. Véase Rica Amran, Judíos y conversos en el reino de Castilla. Propaganda y mensajes políticos, sociales y religiosos (siglos xiv-xvi), Valladolid, Junta de Castilla y León, 2009, p. 124-127.

5 Francisco de Borja y Trastámara (Gandía, 1510 – Roma, 1572), 3º General de la Compañía de Jesús, IV duque de Gandía y marqués de Llombay, Grande de España y virrey de Cataluña. Hijo del duque de Gandía y bisnieto del papa Alejandro VI. En 1522 sirvió en el palacio de Tordesillas, donde vivía la legítima reina de Castilla, Juana I (1479-1555), retirada del gobierno por sus problemas de salud mental. Posteriormente fue nombrado caballerizo mayor de Isabel de Portugal (1503-1539), consorte de Carlos I de España y V de Alemania. Destacaría acompañando al Emperador en sus campañas, llegando a ser gran privado de este. Se casó con la noble portuguesa Eleonor de Castro Melo e Meneses. Cuando su padre muere se retira a Gandía, llevando con su familia una vida retirada. Entra en contacto con los jesuitas y ayuda económicamente a la obra fundando el Colegio Jesuita de Gandía. Cuando su esposa Eleonor muere decide entrar en la Compañía, renunciando a sus títulos a favor de su hijo primogénito Carlos. Se le ofreció el título de cardenal, pero él lo rechazó prefiriendo la vida de predicador. Fue comisario general de los jesuitas en España y en 1565, a la muerte de Pedro Laínez, como ya hemos señalado más arriba, general de la Compañía.

6 Simón Rodríguez (1510 - Lisboa, 1579). Sacerdote, compañero de Ignacio de Loyola y uno de los fieles amigos con que contó para la fundación de la Compañía.

7 Martínez Silíceo (1477-1557) fue preceptor de Felipe II, obispo de Cartagena en 1541 y arzobispo de Toledo en 1545. Defensor de los estatutos de limpieza de sangre, consigue instaurarlos en Toledo en 1544. Vid. Rica Amran, “De Pedro Sarmiento a Martínez Silíceo: la génesis de los estatutos de limpieza de sangre”, Autour de l’Inquisition. Études sur le Saint-Office, Paris, Université de Picardie-Indigo, 2002, p. 33-56.

8 El padre Rivadeneira cuenta en su obra sobre Ignacio el porqué de esta conducta: Pedro de Rivadeneira, Vida del Padre Ignacio de Loyola, Madrid, BAE, p. 99.

9 Juan de Polanco (1517-1576) fue secretario y uno de los primeros compañeros de Ignacio de Loyola.

10 Claudio Acquaviva (1543-1615) fue un jesuita italiano elegido en 1586, 5º General de la Compañía.

11 Deseo agradecer a Marie-Lucie Copete el haberme hecho llegar este documento tan interesante: Petri de Ribadeneira, Confessiones, Epistolae aliquae scripta inédita, en Monumenta Historica, vol. 60, Roma, 1969.

12 Confessiones, p. 189.

13 Ibid., p. 190.

14 Ibid., p. 190.

15 El concepto de “nuevo” es negativo en la Edad Media y en el Siglo de Oro; necesitaban encontrar sistemáticamente una base jurídica anterior.

16 Confessiones, p. 190-191.

17 Ibid., p. 192.

18 Ibid., p. 192.

19 Ibid., p. 192.

20 Ibid., p. 193.

21 Ibid., p. 193.

22 Ibid., p. 193.

23 En Monumenta Historica Societatis Iesu, vol. 60: “P. Petri de Ribadeneira. Confessiones, Epistolae aliaque scripta inedita”, Roma, 1969, p. 189-193.

Pour citer ce document

Rica Amran, « Pedro de Rivadeneira y la oposición de los jesuitas a los estatutos de limpieza de sangre » dans « Les Jésuites dans le monde moderne (XVIe-XVIIIe siècles) : textes commentés et débats historiographiques », « Travaux et documents hispaniques », n° 3, 2012 Licence Creative Commons
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Quelques mots à propos de :  Rica Amran

Université de Picardie Jules Verne-Amiens, ceha
Rica Amran, Professeur des Universités (Université de Picardie Jules Verne) est spécialiste de l’Histoire des Juifs et des conversos (xve-xviie siècles). Elle est actuellement responsable de Centre d’Etudes Hispaniques d’Amiens (CEHA) et de sa collection.